martes, 4 de junio de 2013

Tipifica NL el delito de acoso a través de redes sociales y celulares

Sanciones, de cien a mil salarios mínimos y trabajo comunitario, aunque reincidentes podrían ser encarcelados hasta dos años.


María Alejandra Arroyo, corresponsal
Publicado: 29/05/2013 19:34

Monterrey, NL. El Congreso de Nuevo León aprobó hoy miércoles una iniciativa de reforma al Código Penal del estado que, dentro del delito de difamación, tipifica el acoso a través de redes sociales, celulares o cualquier otro medio electrónico, conocido como ciberbullying, con sanciones de cien a mil cuotas de salario mínimo y trabajo comunitario, aunque los reincidentes podrían recibir penas carcelarias de hasta dos años.

El dictamen aprobado propone adicionar el Artículo 345 Bis de la normativa estatal para castigar la difusión indebida a través de medios electrónicos, de fotografías, videos y textos que dañen la moral de cualquier persona.

A partir de la entrada en vigor de la reforma también será considerada como una difamación utilizar cualquier medio electrónico para difundir, revelar, ceder o transmitir una o más imágenes, grabaciones audiovisuales o texto para causarle a una o varias personas la deshonra, descrédito, perjuicio o exponerla al desprecio de alguien.

Durante la discusión el perredista Eduardo Arguijo se pronunció en contra del dictamen, pues advirtió un atentado contra los medios de comunicación y la libertad de expresión, al pretender censurar la información que se difunde a través de redes sociales.

La reforma, con base en una iniciativa promovida por la legisladora blanquiazul Carolina Garza Guerra, fue aprobada con 34 votos a favor, el voto en contra del perredista Eduardo Arguijo y la abstención del petista Guadalupe Rodríguez.

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